Para trabajadores que realizarán trabajos remunerados en Chile durante la vigencia de su visa de turismo sin necesidad de una residencia.
II. Trabajadores permanentes
Para trabajadores que realizarán trabajos remunerados en Chile por períodos de más de 90 días y que requieran del “Permiso para desarrollar actividades lícitas remuneradas”.
A considerar
I. Ambos permiten el desarrollo de actividades lícitas remuneradas
II. Ambos requieren como fundamento de un instrumento firmado ante notario (Contrato de trabajo; Carta oferta de Trabajo) por ambas partes, trabajador y empleador.
III. Los trabajadores transitorios sólo podrán desempeñarse durante la vigencia y extensión del permiso de turismo. Los trabajadores permanentes, en cambio, dispondrán de una residencia temporal de hasta por 2 años prorrogables.
Preparación y presentación de solicitud de permiso de trabajo como turista
Asistencia práctica y acompañamiento durante la tramitación del permiso
Servicios complementarios
Redacción de contratos de trabajo y carta oferta
Apostilla y legalización de documentos
Traducción de documentos
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