La “Ley de Pago a 30 días” (Ley de Pago Oportuno)

contrato de trabajo

Conscientes del rol fundamental que tienen las PYMES en nuestro país, el gobierno del presidente Sebastián Piñera ha promulgado la ley de pago a 30 días, también conocida como “pago oportuno”, que tiene por objeto asegurar que los proveedores reciban en tiempo y forma el pago por los productos y servicios prestados, tanto para empresas controlados por Chilenos como para empresas controladas por Extranjeros, residentes o no en Chile.

La influencia de las micro, PYMES en la economía nacional, y, en particular, como la principal fuente de empleo no es solo cuestión de percepción. Según datos arrojados por el “Informe de resultados: Empresas en Chile de la 4° Encuesta Longitudinal de Empresas de 2017” las pymes resultaron ser las de mayor participación porcentual dentro de la distribución de empresas alcanzando un 51,9% (el 2018 habría alcanzado el 56%)  seguidas por las micro con 44,9%. Las grandes empresas solo representan un 3,2%. Asimismo, del total de empresas existente en Chile casi la mitad de estas (48,3%) son de carácter familiar donde las microempresas y las pymes representan el 48,7% y 48,6% mientras que las grandes empresas el 39,8%.

Con todo, y a pesar del efecto positivo que producen las pymes en nuestra economía, éstas se encuentran constreñidas en su ejercicio empresarial por el atraso en las fechas de pago previamente pactadas con sus clientes, muchas veces verbales, de 30, 60, 90 días, etc., situación que trae consecuencias en extremo negativas que van desde la falta de liquidez y eventual quiebra hasta la imposibilidad de cumplir con compromisos previos o con el pago de las remuneraciones de los trabajadores.

Ante este panorama, y con el objeto de proteger a las micro y PYMES,  se promulgó la ley de pago a 30 días o también denominada ley de pago oportuno que tiene como objeto que las empresas se obliguen a pagar a 30 días sus facturas. Dicho tramo de 30 días se hará efectivo luego de transcurridos 24 meses de entrada en vigencia (2021), pues por el momento el límite se ha fijado en 60.

Asimismo, se garantiza el derecho a la aplicación de intereses por morosidad, se considera como cláusulas abusivas cualquier acuerdo que vulnere los derechos contenidos en la ley, y además, se incorpora el derecho a indemnización por perjuicios.

La nueva legislación se pone al día, puesto que recoge la experiencia comparada de España y Reino Unido quienes siguiendo las directrices de la UE, han incorporado en sus legislaciones internas dichas disposiciones.

Artículo escrito por Julian Dittus Cabrera, abogado de Vivir en Chile.

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